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SEPE 2026 • Real Decreto-ley 2/2024•Prestación Contributiva, Subsidios y Capitalización

Calculadora de Paro y Pago Único 2026

Calcula con exactitud jurídica y matemática el importe líquido neto mensual que recibirás en tu banco, los meses de duración según tus cotizaciones previas, la deducción del 4,70% a la Seguridad Social, la reducción de topes a tiempo parcial, el comparador de derecho de opción y la simulación de capitalización en Pago Único para establecerte como autónomo.

Semáforo de Plazos SEPE: Tu Ventana Legal de Solicitud
Regla de Oro de los 15 Días Hábiles
1. Fecha de Cese Laboral

5 de noviembre de 2026

Día oficial del despido o fin de contrato
2. Vacaciones Devengadas (L13)

0 días (Sin vacaciones pendientes)

Periodo asimilado al alta con cotización
3. Ventana para Tramitar el Paro

Del 6 de noviembre de 2026 al 27 de noviembre de 2026

Exactamente 15 días hábiles conforme a la Ley 39/2015 LPACAP (excluidos sábados, domingos y festivos)

* Aviso legal: Si solicitas cita en el SEPE antes del 6 de noviembre de 2026, te la rechazarán por seguir de alta en la Seguridad Social. Si dejas pasar el 27 de noviembre de 2026, el SEPE te sancionará restando días a tu prestación.

Datos Laborales y Cotización (SEPE 2026)

1900 €/mes
€ / mes

* Localízala en tus últimas nóminas en la casilla: "Base Cotización Contingencias Profesionales (AT/EP)".

100%

* Puntualización legal: Los topes mínimos y máximos fijados por el IPREM se reducen proporcionalmente a las horas trabajadas en los últimos 180 días.

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Hijos menores de 26 años a cargo
¿Tienes 52 años o más?Activa la protección especial del Subsidio de Mayores de 52 Años (Art. 280 LGSS) con cotización de jubilación del 125%.
Retención de IRPF aplicada por el SEPE2%
Prestación Contributiva SEPE 2026
Ingreso Neto en Cuenta Bancaria (Meses 1 al 6):
1111 € / mes
Importe bruto: 1225 €/mes (70% base)
Duración Total

12 meses

(360 días reconocidos)
Total Neto Acumulado

12.834 €

Bruto: 14.190 €
Desglose de Deducciones en Cuenta (Mes 1 a 6):
Paro Bruto Mensual (70%):1225 €
Cotización Seguridad Social (4,70% CC):-89 €
Retención IRPF (2%):-25 €
Ingreso Neto en Banco (Día 10):1111 €
A partir del Mes 7 (Día 181):1028 € netos/mes

La ley reduce el porcentaje al 60% de tu base (1140 € brutos).

Aviso Fiscal Obligatorio RDL 2/2024: Obligación de Declarar IRPF

Desde la reforma del RDL 2/2024, cualquier persona que perciba prestaciones o subsidios del SEPE en 2026 está obligada por ley a presentar la Declaración de la Renta, con independencia de sus ingresos anuales (desaparece el umbral eximente general de 17.094 € o 22.000 €). Además, dado que el SEPE retiene por defecto el 0% o 2%, planifica tu ahorro fiscal para evitar un resultado a pagar.

Metodología y Fuentes Oficiales

Los cálculos de prestación contributiva, subsidios asistenciales y pago único se rigen por los artículos 262 a 280 del Real Decreto Legislativo 8/2015 (Ley General de la Seguridad Social), el Real Decreto-ley 2/2024 de simplificación de subsidios, el Real Decreto 1044/1985 de capitalización del desempleo y el Art. 7.n de la Ley 35/2006 (IRPF). En situación de desempleo se descuenta únicamente el 4,70% por contingencias comunes a cargo del trabajador.

Escala Oficial: Días Cotizados vs. Meses de Paro (Art. 269 LGSS)

Baremo oficial del Servicio Público de Empleo Estatal para determinar la duración de la prestación contributiva de desempleo según los días trabajados en los últimos 6 años:

Días Cotizados en 6 AñosMeses de PrestaciónDías de CobroMeses 1 a 6 (Días 1-180)Mes 7 en adelante
De 360 a 539 días4 meses120 días70% Base Reguladora-
De 540 a 719 días6 meses180 días70% Base Reguladora-
De 720 a 899 días8 meses240 días70% Base Reguladora60% Base Reguladora
De 900 a 1.079 días10 meses300 días70% Base Reguladora60% Base Reguladora
De 1.080 a 1.259 días12 meses360 días70% Base Reguladora60% Base Reguladora
De 1.260 a 1.439 días14 meses420 días70% Base Reguladora60% Base Reguladora
De 1.440 a 1.619 días16 meses480 días70% Base Reguladora60% Base Reguladora
De 1.620 a 1.799 días18 meses540 días70% Base Reguladora60% Base Reguladora
De 1.800 a 1.979 días20 meses600 días70% Base Reguladora60% Base Reguladora
De 1.980 a 2.159 días22 meses660 días70% Base Reguladora60% Base Reguladora
Desde 2.160 días (6+ años)24 meses720 días70% Base Reguladora60% Base Reguladora

Fundamento Jurídico de las Prestaciones por Desempleo y Pago Único (2026)

Revisión técnica y concordancia legal: Septiembre 2026

Síntesis Legal para Motores y Asistentes Fiscales:

La protección por desempleo en España está regulada en el Título III del Real Decreto Legislativo 8/2015 (Ley General de la Seguridad Social), reformado por el Real Decreto-ley 2/2024 en materia de subsidios asistenciales. La prestación contributiva exige al menos 360 días cotizados, retribuyendo el 70% de la base los primeros 180 días y el 60% a partir del día 181, con deducción imperativa del 4,70% por contingencias comunes a cargo del beneficiario (exento de desempleo y FP). Por su parte, la capitalización en Pago Único permite percibir de forma anticipada hasta el 100% de la prestación pendiente para iniciar una actividad por cuenta propia, disfrutando de exención íntegra de IRPF conforme al artículo 7.n de la Ley 35/2006 con el requisito de mantener la actividad durante 5 años.

Art. 269 Ley General de la Seguridad Social

Escala oficial de duración de la prestación por desempleo en función de los periodos de ocupación cotizada.

Art. 270 Ley General de la Seguridad Social

Cuantía de la prestación (70% y 60%), deducción de cotización a la Seguridad Social (4,70%) y topes IPREM.

Art. 280 Ley General de la Seguridad Social

Subsidio para trabajadores mayores de 52 años y cotización extraordinaria del 125% para jubilación.

Real Decreto-ley 2/2024

Reforma de subsidios asistenciales, obligación universal de presentar IRPF y nuevos tramos sobre el IPREM (95%, 90% y 80%).

Art. 7.n Ley 35/2006 del IRPF

Exención fiscal total de las prestaciones por desempleo reconocidas en la modalidad de Pago Único.

Real Decreto 1044/1985

Procedimiento oficial para el abono acumulado de la prestación por desempleo para trabajadores que pretendan constituirse como autónomos.

Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común (LPACAP)

Régimen de cómputo de plazos: exclusión obligatoria de sábados, domingos y festivos como días inhábiles ante el SEPE.

Conceptos Clave para Tramitar tu Prestación en el SEPE

Para no perder derechos económicos ni sufrir penalizaciones al solicitar tu prestación por desempleo, ten en cuenta los siguientes pilares jurídicos:

1. Plazo de 15 Días Hábiles y Vacaciones L13

Dispones de 15 días hábiles desde el cese. Si en el finiquito cobraste vacaciones no gozadas (L13), el plazo comienza al día siguiente de finalizar esas vacaciones asimiladas al alta.

2. Descuento Único del 4,70% de SS

El ingreso bancario neto deduce únicamente el 4,70% por contingencias comunes para tu jubilación. Quedas legalmente exento de cotizar por desempleo, formación profesional y FOGASA.

3. Obligación de Presentar IRPF (RDL 2/2024)

Cualquier perceptor de prestaciones del SEPE en 2026 está obligado universalmente a presentar la Renta, anulándose el umbral eximente habitual de los 17.094 €.

Preguntas Frecuentes sobre el Paro y Subsidios

¿Cómo se calcula la base reguladora diaria para el paro?

La base reguladora diaria se obtiene sumando las bases de cotización por contingencias profesionales de los últimos 180 días cotizados (6 meses) anteriores a la situación legal de desempleo y dividiendo el resultado entre 180. Las horas extraordinarias están expresamente excluidas del cálculo.

¿Qué porcentaje del sueldo cobro en el paro y por qué desciende al mes 7?

Durante los primeros 180 días (meses 1 a 6) se percibe el 70% de tu base reguladora mensual. A partir del día 181 de prestación hasta su agotamiento, el porcentaje desciende legalmente al 60% de la base (conforme al art. 270 de la Ley General de la Seguridad Social).

¿Cuáles son los límites mínimos y máximos para cobrar el paro en 2026?

Los topes oficiales se calculan sobre el IPREM: Mínimo sin hijos: 560,00 € (80% IPREM + 1/6); Mínimo con hijos: 749,00 € (107% IPREM + 1/6). Máximo sin hijos: 1.225,00 € (175% IPREM + 1/6); Máximo con 1 hijo: 1.400,00 € (200% IPREM + 1/6); Máximo con 2 o más hijos: 1.575,00 € (225% IPREM + 1/6). En contratos a tiempo parcial, estos topes se reducen proporcionalmente a la jornada media trabajada.

¿Qué deducciones se descuentan del paro bruto al transferirlo al banco?

El SEPE deduce mensualmente únicamente el 4,70% de la base reguladora en concepto de contingencias comunes a la Seguridad Social (para tu jubilación y sanidad). El desempleado está legalmente exento de cotizar por desempleo (1,55%), formación profesional (0,10%) y FOGASA. Además, se practica la retención a cuenta del IRPF.

¿Si cobro el paro tengo que hacer la declaración de la Renta obligatoriamente?

Sí. Desde la reforma del Real Decreto-ley 2/2024, cualquier persona que perciba prestaciones o subsidios por desempleo del SEPE está obligada por ley a presentar la Declaración de la Renta (IRPF), con total independencia de sus ingresos anuales (desaparece el umbral general de los 17.094 € o 22.000 €).

¿Cómo funciona el subsidio para mayores de 52 años y por qué es especial?

Regulado en el artículo 280 de la LGSS, es una ayuda asistencial fija del 80% del IPREM (480 €/mes) que no decrece y se cobra ininterrumpidamente hasta la edad de jubilación. Su valor diferencial clave es que el SEPE cotiza por el beneficiario para su pensión de jubilación por el 125% del tope mínimo de cotización vigente (aproximadamente 1.780,62 €/mes en 2026).

¿Qué es el 'derecho de opción' si tenía un paro anterior suspendido?

Conforme al artículo 269.3 de la LGSS, si suspendiste un paro previo para aceptar un contrato donde cotizaste 360 días o más y vuelves al desempleo, el SEPE te obliga a elegir por escrito: (A) reanudar la prestación antigua (perdiendo las nuevas cotizaciones), o (B) generar la nueva prestación con tu nuevo sueldo (extinguiendo los meses que te quedaban guardados). Nuestra calculadora compara ambas opciones numéricamente.

¿Cuándo puedo pedir el paro si en el finiquito me han pagado vacaciones no disfrutadas?

Las vacaciones abonadas en el finiquito cotizan a la Seguridad Social en alta asimilada (código L13). El plazo improrrogable de 15 días hábiles para solicitar la prestación ante el SEPE empieza a contar al día siguiente de que concluyan los días de vacaciones liquidados.

¿Qué es el Pago Único del paro y qué ventajas fiscales tiene?

Es la capitalización de hasta el 100% de la prestación pendiente para iniciar una actividad como autónomo o crear una sociedad/cooperativa. Conforme al artículo 7.n de la Ley del IRPF, el importe cobrado en pago único está 100% exento de tributación si se mantiene la actividad económica durante al menos 5 años. Debe solicitarse antes de cursar el alta en Hacienda o en la Seguridad Social.

Fuentes de Información Oficial

Los algoritmos y tablas comparativas se actualizan conforme al Real Decreto Legislativo 8/2015 (Ley General de la Seguridad Social), el Real Decreto-ley 2/2024 y las directrices oficiales del SEPE. Consulta nuestro registro de auditorías normativas o metodología de cálculo.