Calculadora de Indemnización por Despido
Estima la indemnización que te corresponde por despido objetivo, improcedente, fin de contrato temporal o baja voluntaria. Desglose matemático adaptado a la reforma laboral de febrero de 2012.
Configura el Despido
Las indemnizaciones por despido dentro de los límites legales están **100% exentas de tributar por IRPF** (hasta un límite de 180.000 €).
16.00 años
(192 meses completos)100,00 €
Bruto Anual / 365554.0 días
Devengados en totalDesglose Matemático del Despido
Despido Improcedente (Doble tramo): La suma de ambos tramos (45 días pre-2012 y 33 días post-2012) se topa en un máximo de 24 meses.
Días devengados: **97.50 días**
Importe tramo: 9750,00 €
Días devengados: **456.50 días**
Importe tramo: 45.650,00 €
Tributación y Exención en el IRPF
Las indemnizaciones por despido (tanto objetivo como improcedente) están **totalmente exentas de tributar por IRPF** y no cotizan a la Seguridad Social, siempre y cuando no superen el límite legal establecido para cada caso o el límite máximo absoluto de **180.000 €**. Cualquier cantidad que supere el límite legal sí deberá tributar como rendimientos del trabajo.
¿Cómo se calcula la Indemnización por Despido?
El cálculo oficial de la indemnización por despido se basa en tres variables reguladas por el Estatuto de los Trabajadores en España:
1. Salario Diario Regulador
Es tu retribución bruta anual dividida entre 365 días. Debe incluir la parte proporcional de pagas extras, complementos salariales consolidados y comisiones. Se excluyen los conceptos extrasalariales (como kilometraje o dietas).
2. Antigüedad en la Empresa
Es el tiempo total en años y meses que has prestado servicios para el empleador. Las fracciones de mes se consideran meses enteros. Por ejemplo, si trabajas 5 días del último mes, se computa como si hubieras trabajado el mes completo.
3. Tipo de Despido
Determina los días de indemnización por cada año trabajado: 20 días para despidos objetivos (económicos, técnicos, etc.), 33 días para despidos declarados improcedentes (o 45 días para tramos laborados antes de Feb 2012).
Tope de la Indemnización por Despido
La legislación laboral española establece límites máximos para proteger la viabilidad financiera de las empresas:
- Despido Objetivo: Máximo de 12 mensualidades de tu salario regulador (360 días de sueldo).
- Despido Improcedente (contratos posteriores a Feb 2012): Máximo de 24 mensualidades (720 días de sueldo).
- Contratos anteriores a Feb 2012: El límite puede llegar hasta las 42 mensualidades (1.260 días de sueldo), solo si la indemnización devengada antes de la reforma ya superaba los 720 días de salario.
Preguntas Frecuentes sobre Indemnizaciones
¿Cuántos días por año corresponden según el tipo de despido?
En España se aplican las siguientes reglas: 1) Despido Objetivo: 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. 2) Despido Improcedente (antigüedad posterior a Feb 2012): 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. 3) Fin de contrato temporal: 12 días por año trabajado. 4) Despido Disciplinario procedente o baja voluntaria: 0 días.
¿Cómo se calcula el salario diario regulador para la indemnización?
El salario diario regulador se calcula dividiendo tus ingresos brutos anuales de los últimos 12 meses (incluyendo la parte proporcional de pagas extras, variables consolidables, pluses salariales, etc.) entre 365 días (o 360 si es salario mensual fijo). No se computan dietas ni pluses extrasalariales de transporte.
¿Qué impacto tuvo la reforma laboral de febrero de 2012?
Para contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012, el despido improcedente se calcula en dos tramos: 45 días por año trabajado para el tiempo de servicio acumulado antes de esa fecha (con tope de 42 mensualidades), y 33 días por año para el tiempo de servicio posterior a la misma. El límite máximo conjunto de la indemnización no puede superar las 24 mensualidades (salvo que el tramo previo a 2012 ya supere ese límite, con tope absoluto de 42 mensualidades).
¿Tributa la indemnización por despido en el IRPF?
La indemnización por despido obligatorio (objetivo o improcedente) establecida en el Estatuto de los Trabajadores está exenta de tributar en el IRPF hasta un límite de 180.000€. Cualquier cantidad que supere ese importe, o las indemnizaciones por mutuo acuerdo sin despido previo, sí tributan como rendimiento de trabajo en el IRPF.
¿Cómo se computan las fracciones de mes trabajado?
En el cálculo de la indemnización por despido en España, los periodos de tiempo inferiores a un mes se redondean al mes completo. Por ejemplo, si has trabajado 1 año, 2 meses y 3 días, a efectos legales de la indemnización se computará como 1 año y 3 meses completos.
Fuentes de Información
Los cálculos se han actualizado en junio 2026 de acuerdo con el Artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto-ley 3/2012 de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral. Consulta nuestra metodología para más detalles.
