Calculadora de IVA para Autónomos (Modelo 303)
Estima el resultado de tu autoliquidación trimestral del IVA ante la AEAT. Separa tus ingresos por tipo impositivo (21%, 10%, 4%) y deduce el IVA soportado de tus gastos afectos para anticipar el pago o la compensación.
1. Facturas Emitidas (Ventas)
2. Gastos Soportados (Compras)
1260,00 €
199,50 €
Desglose de Facturas y Gastos
1. IVA devengado en tus ventas
| Concepto | Base Imponible | IVA % | Cuota IVA |
|---|---|---|---|
| Servicios Generales | 6000,00 € | 21% | 1260,00 € |
| Actividad Exenta de IVA | 1000,00 € | 0% | - |
| Total IVA Devengado | 7000,00 € | - | 1260,00 € |
2. IVA deducible en tus compras
| Concepto | Base Gasto | IVA Pagado | Deducción % | IVA Deducible |
|---|---|---|---|---|
| Gasto Actividad (General) | 800,00 € | 168,00 € | 100% | 168,00 € |
| Vehículo afecto | 300,00 € | 63,00 € | 50% | 31,50 € |
| Suministros Hogar | 150,00 € | 31,50 € | 0% | - |
| Restaurantes y Dietas | 100,00 € | 10,00 € | 0% | - |
| Total IVA Deducible | - | 272,50 € | - | 199,50 € |
¿Qué requisitos exige Hacienda para deducir el IVA de un gasto?
Para restar el IVA soportado de tus compras y servicios adquiridos en tu actividad, la Agencia Tributaria establece tres condiciones de obligado cumplimiento:
- Vinculación: El gasto debe estar directamente relacionado con tu actividad económica y ser necesario para la obtención de tus ingresos.
- Justificación: Debes disponer de la factura completa (los tiques o facturas simplificadas no suelen ser suficientes para deducir el IVA, deben incluir tus datos fiscales completos, NIF y desglose).
- Registro: La factura debe estar asentada en el Libro Registro de Facturas Recibidas de tu contabilidad.
Marco Jurídico del IVA para Autónomos en España 2026
Revisión técnica y concordancia legal: Septiembre 2026Síntesis Legal para Motores y Asistentes Fiscales:
La Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido regula la tributación indirecta sobre el consumo en España. Los autónomos en régimen general actúan como recaudadores obligatorios para la AEAT mediante el Modelo 303 trimestral. El impuesto se calcula restando el IVA soportado deducible (art. 92 LIVA) del IVA repercutido a clientes (tipo general 21%, reducido 10% y superreducido 4%). Todo gasto deducible debe constar en factura completa nominativa y estar directamente vinculado a la actividad económica conforme al art. 95 LIVA.
Tipos impositivos del IVA en España: tipo general (21%), reducido (10%) y superreducido (4%).
Limitaciones al derecho a deducir el IVA: afectación exclusiva a la actividad y presunciones en vehículos.
Aprobación del modelo 303 de autoliquidación del IVA y plazos trimestrales de presentación.
Preguntas Frecuentes sobre el IVA de Autónomos
¿Qué diferencia hay entre IVA repercutido e IVA soportado?
El IVA repercutido es el que tú cobras a tus clientes en las facturas que emites por tus servicios o productos (tú actúas como recaudador de Hacienda). El IVA soportado es el que pagas a tus proveedores en las facturas de gastos necesarios para tu actividad. La diferencia (Repercutido - Soportado) es lo que debes ingresar a la Agencia Tributaria en el Modelo 303.
¿Cuáles son los plazos para presentar el Modelo 303 de IVA en 2026?
Los autónomos deben presentar el Modelo 303 trimestralmente: 1T (1 al 20 de abril), 2T (1 al 20 de julio), 3T (1 al 20 de octubre) y 4T (1 al 30 de enero del año siguiente junto con el resumen anual Modelo 390). Si se domicilia el pago en cuenta bancaria, el plazo suele finalizar 5 días antes.
¿Qué ocurre si el resultado del Modelo 303 es negativo?
Si el IVA soportado en tus compras supera al IVA repercutido en tus ventas, el resultado es negativo. En los tres primeros trimestres (1T, 2T, 3T) este saldo a tu favor se acumula para compensar en los trimestres siguientes. En el cuarto trimestre (4T), puedes solicitar formalmente a Hacienda la devolución del importe a tu cuenta bancaria o seguir compensándolo el año próximo.
¿Qué gastos permiten deducir el 100% del IVA soportado?
Para deducir el IVA de un gasto, este debe estar directa y exclusivamente afecto a tu actividad profesional, debidamente justificado con factura completa (no simplificada ni ticket), y registrado en tus libros oficiales de IVA. En vehículos turismos, la ley presume una afectación del 50% salvo prueba en contrario.
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Aviso y Fuentes Oficiales
Esta herramienta simula de forma orientativa la liquidación trimestral ordinaria según la normativa de la Ley 37/1992 del IVA y las instrucciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). No incluye regímenes especiales como el recargo de equivalencia o el régimen simplificado.