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Novedad Laboral y Marco ET 2026•Art. 34.1 Estatuto de los Trabajadores

Calculadora de Jornada a 37,5 Horas: Salario, Precio Hora y Derechos

Simula al céntimo el impacto exacto en tu nómina con la reducción de la jornada legal máxima de 40 a 37,5 horas semanales sin merma de sueldo. Descubre cuánto se revaloriza tu precio por hora (+6,67%), cuántas horas de descanso ganas al año y tus garantías legales ante inspección laboral.

Parámetros Contractuales

Tu Jornada y Salario Actual

Introduce tus condiciones actuales para calcular el impacto del cambio a 37,5 horas.

40 h / semana

La mayoría de convenios en España fijan 40h semanales (1.826h al año).

€
Principio de Irreductibilidad Salarial: La reducción de la jornada legal a 37,5 horas se aprueba sin merma retributiva. Tu empresa no puede reducirte el sueldo base ni los complementos consolidados.
Revalorización Salarial Automática+6.67% valor hora

Nuevo valor de tu hora de trabajo:

14,02 € / hora

Ganancia de +0,88 € por cada hora trabajada

Precio hora antes (40h):13,14 €/h
Precio hora nuevo (37,5h):14,02 €/h
Cálculo oficial sobre cómputo anual de 1.712 horas efectivas.
Tiempo Libre y Conciliación GanadaArt. 34.1 Estatuto Trabajadores
A la semana

2h 30min

Menos de trabajo semanal

Al año completo

114 h

Horas de descanso anual

Equivalencia

≈ 14.3 días

Días laborables enteros extra

Transferencia Neta a tu Cuenta Bancaria0 € Pérdida Salarial

0 € / mes neto

En 12 pagas (0 € al año limpios)

Retención media IRPF:

NaN%

Al trabajar 37,5 horas seguirás cobrando con exactitud tu nómina íntegra. Tu cotización a la Seguridad Social y bases de jubilación y paro se mantienen al 100%.

Mapa Sectorial Oficial

¿Cómo Afecta la Jornada de 37,5 Horas a tu Sector en España?

Comprueba la jornada que marca tu convenio colectivo y cómo se traducirá la ley en tu puesto de trabajo.

Sector / ConvenioJornada Previa TípicaImpacto del CambioBeneficio Directo para el Empleado
Hostelería y Restauración40 horasMáximo (+6,67% valor hora)2,5 h libres/semana o 114 h/año
Comercio y Grandes Almacenes40 horas (1.770h - 1.798h)Máximo (+6,67% valor hora)Fin de turno anticipado
Construcción y Obras Públicas40 horas (1.736h)AltoAdaptación en jornada intensiva
Metalurgia, Talleres e Industria40 horasMáximo (+6,67% valor hora)Reorganización de turnos de fábrica
Seguridad Privada162 horas/mes (1.782h)AltoBaja el cómputo mensual a 152 horas
Limpieza de Edificios y Locales39 a 40 horasAltoSubida directa en contratos por horas
Transporte y Logística40 horasMáximoMayor control de horas de conducción
Oficinas y Despachos38 a 40 horasMedio / Nulo en CCAA avanzadasMuchos convenios ya tenían 37,5h o 38h
Banca y Seguros35 a 37 horasNulo / Ya disfrutadoSu convenio ya superaba el estándar legal
Dossier Técnico & Jurídico Completo

Todo lo que Debes Saber sobre la Jornada de 37,5 Horas en España

Marco normativo, aplicación práctica por sectores, contratos a tiempo parcial y régimen de horas extras.

1. Marco Jurídico: Reforma del Art. 34.1 del ET

El Estatuto de los Trabajadores fijaba desde 1983 la jornada máxima legal en 40 horas semanales de promedio en cómputo anual. La nueva redacción del artículo 34.1 rebaja este tope a 37 horas y media.

Principio de Irreductibilidad Salarial: La ley prohíbe taxativamente a los empresarios reducir el salario base, complementos o pagas extraordinarias. El coste de la hora de trabajo es absorbido por la productividad empresarial, blindando la renta disponible del asalariado.

2. ¿Cómo se Disfrutarán las 2,5 Horas Libres?

La ley otorga flexibilidad a los convenios colectivos y acuerdos de empresa para adaptar la reducción a la realidad productiva de cada centro:

  • Semana inglesa (Viernes corto): Trabajar de lunes a jueves 8 horas y el viernes solo 5,5 horas (salida al mediodía).
  • Reducción diaria (7,5 horas/día): Entrar 15 minutos más tarde y salir 15 minutos antes todos los días.
  • Bolsa de descanso anual: Trabajar 40 horas en temporada alta y acumular 114 horas de libranza extra (≈ 14 días laborables).

3. El Gran Beneficio para Empleados a Tiempo Parcial

En España hay más de 2,8 millones de trabajadores con contratos a tiempo parcial (mayoritariamente mujeres en comercio, hostelería y limpieza).

Conforme al artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores, la jornada a tiempo parcial es un porcentaje de la jornada ordinaria legal. Al bajar el denominador a 37,5h, el porcentaje de jornada contratada aumenta automáticamente, lo que genera una subida de retribución en nómina del +6,67% si se mantienen las horas de contrato.

4. Registro Horario Digital y Horas Extraordinarias

Cualquier minuto trabajado a partir de la hora 37,5 pasa a computarse legalmente como hora extraordinaria (art. 35 ET), sometida al límite legal de 80 horas anuales.

Control de la Inspección de Trabajo (ITSS): Se impone el registro horario accesible telemáticamente en tiempo real por los inspectores. El falseamiento de registros o el exceso no retribuido acarrea multas graves por cada empleado individual.

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Preguntas Frecuentes sobre la Jornada de 37,5 Horas

¿Puede la empresa bajarme el sueldo al reducir la jornada a 37,5 horas?▼

No, en ningún caso. El anteproyecto de ley y la modificación del artículo 34.1 del Estatuto de los Trabajadores consagran de forma explícita el principio de irreductibilidad salarial. La reducción de la jornada legal máxima de 40 a 37,5 horas se realiza 'sin merma retributiva'. Tanto tu salario base como los pluses de convenio y complementos personales consolidados se mantienen al 100%.

¿Por qué sube el precio de mi hora trabajada un +6,67%?▼

Porque cobrarás exactamente el mismo salario bruto anual pero trabajando menos horas al año. La fórmula matemática es directa: al pasar de 40 a 37,5 horas semanales (un descenso del 6,25% en el tiempo de trabajo), el valor retributivo de cada hora efectiva aumenta en la proporción inversa: (40 / 37,5) - 1 = +6,6667%. Si antes cobrabas a 12,00 € la hora, pasarás a ganar 12,80 € por hora trabajada.

¿Qué ocurre si tengo un contrato a tiempo parcial (ej. 20 horas)?▼

Es una de las mayores ventajas de la reforma: conforme al artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores, los contratos a tiempo parcial se calculan sobre la jornada completa de referencia. Si trabajas 20 horas a la semana, antes representabas el 50% de la jornada (20/40), pero con la jornada de 37,5h pasas a representar el 53,33% (20/37,5). Por tanto, tienes derecho a: 1) Mantener tus 20 horas y ver incrementado tu salario bruto mensual un +6,67% en nómina; o 2) Reducir proporcionalmente tus horas semanales a 18h 45min manteniendo tu salario actual.

¿Cómo se aplicarán las 37,5 horas en el horario diario de trabajo?▼

La distribución concreta de las 2,5 horas de reducción semanal dependerá de la negociación colectiva en tu convenio o de los acuerdos de empresa. Las fórmulas más comunes son: 1) Salir 2 horas y media antes los viernes (ej. finalizar el turno a las 14:30 o 15:00); 2) Reducir 30 minutos cada día de lunes a viernes (trabajando 7,5 horas al día); o 3) Acumular las 114 horas anuales de reducción en días completos de descanso adicional (entre 12 y 14 días laborables de libranza al año).

¿A partir de cuántas horas se consideran horas extraordinarias?▼

A partir de la entrada en vigor de la norma, cualquier tiempo de trabajo que supere las 37,5 horas semanales (o el promedio acordado en convenio) tendrá la consideración jurídica obligatoria de hora extraordinaria (art. 35 del Estatuto de los Trabajadores). Estas horas deberán abonarse con el recargo pactado en convenio (nunca por debajo del valor de la hora ordinaria) o compensarse con tiempo de descanso equivalente dentro de los 4 meses siguientes.

¿Qué pasa si mi convenio colectivo ya tenía 37,5 horas o menos?▼

Si tu convenio colectivo ya establecía una jornada ordinaria de 37,5 horas, 36 horas o 35 horas semanales (como ocurre habitualmente en el sector financiero, entidades bancarias, aseguradoras, administraciones públicas y ciertos convenios avanzados de oficinas), la nueva ley no alterará tu horario semanal actual, ya que el Estatuto de los Trabajadores actúa como un suelo de mínimos y prevalece la condición más beneficiosa pactada.

¿Cómo se vigilará que las empresas cumplan la jornada de 37,5 horas?▼

La norma introduce la obligatoriedad del registro horario digital interoperable y accesible en remoto por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS). Se prohíben expresamente los registros en papel o manipulables, y las sanciones por incumplimiento de jornada o registro horario pasan a aplicarse 'por cada persona trabajadora afectada' (y no de forma global a la empresa), con multas de hasta 10.000 € por empleado.

¿Afecta la jornada de 37,5 horas a las cotizaciones de jubilación o paro?▼

No afecta negativamente en absoluto. Como el salario bruto mensual se mantiene íntegro, tus bases de cotización a la Seguridad Social (tanto por contingencias comunes como de desempleo) permanecen idénticas al 100%. Tu futura pensión de jubilación y tu derecho a prestación contributiva por desempleo no experimentan ninguna penalización.

Fuentes Normativas Oficiales

Bases Legales Contrastadas: Los cálculos y directrices de esta herramienta se fundamentan en el artículo 34.1 del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015), el artículo 12 (contratos a tiempo parcial), el artículo 35 (horas extraordinarias), los convenios colectivos sectoriales depositados en el REGCON y las directrices de la Directiva (UE) 2019/1152 sobre condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea.